miércoles, 22 de julio de 2009

Programa Individualizado de Ejecución de Medida (II)

"Por lo que respecta a al gestión y la intervención educativa, hemos de resolver dos cuestiones fundamentales. La primera es que disponemos de veinte días para valorar las áreas o ámbitos del menor, identificar cuáles son los factores de riesgo dinámicos, (es decir, sus necesidades criminógenas) para dirigir nuestros objetivos a ellos, y hemos de hacerlo con diligencia. La segunda, dentro de la ejecución de un tipo de medida determinada, es que hemos de establacer el nivel de intensidad o periodicidad de las intervenciones. Por ejemplo, una libertad vigilada puede suponer supervisar al menor o acudir a las sesiones de un determinado programa, tres, cuator o dos veces a la semana; tal vez, cada quince días o una vez al mes; y sigue siendo la ejecución de una libertad vigilada. ¿Qué criterios seguimos para establecer esta intensidad o periodicidad?

Es evidente que requerimos de instrumentos validos y fiables, y de profesionales formados y entrenados para ello que sean capaces de hacer frente a estos dos retos. Por lo que hemos visto hasta ahora, la respuesta la tenemos en la utilización de las escalas actuariales, que nos permitan la evaluación del riesgo, para diseñar buenos objetivos y nos establezcan un determinado nivel para la gestión del riesgo.

En la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, hemos utilizado para ello el YLS/CMI de Andrews y Bonta (2002), y que a través de nustra experiencia, contexto y realidad lo hemos adaptado en el IGI-J (Inventario de Gestión e Intervención para Jóvenes; Garrido, López Martín y Silva do Rosario, 2006), sin renunciar a la base teórica y el respaldo empírico del mismo, y que se puede consultar en el anexo de este manual. El IGI-J nos permite:

a) delimitar los factores de riesgo dinámicos.

b) establecer un nivel de riesgo por áreas y tener un índice global.

c) recoger aspectos o factores que el instrumento no haya recogido.

d) establecer el nivel de intervención que se requiere.

e) formular la hipótesis explicativa de la conducta antisocial.

f) diseñar los objetivos educativos en relación con las necesidades criminógenas detectadas.

g) establecer quién, cómo y dónde se ejecuta la medida.

h) evaluar la intervención de forma cualitativa y cuantitativa, viendo si los factores de riesgo dinámico han mermado su influencia.

Se trata de un instrumento de evaluación de riesgo y a la vez de gestión de la intervención, con múltiples aplicaciones, que no solo orienta la actuación del educador hacia la eficacia sino que nos ayuda a reantabilizar los recursos."

GARRIDO, V.; LÓPEZ, E.; SILVA, T.; LÓPEZ, M.J. y MOLINA, P. (2006) El modelo de la competencia social de la Ley de Menores. Cómo predecir y evaluar para la intervención educativa. Valencia: Tirant lo Blanch. (Págs. 115 a 116).


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